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Facturación a origen

FACTURACIÓN A ORIGEN

¿Qué es?

Una factura a origen es una factura ordinaria en la que se van añadiendo conceptos nuevos, como productos o servicios, según el trabajo va avanzando.

Primeramente, se genera una factura normal, que se conoce como factura de origen. Dicha factura contiene todo el trabajo que se ha realizado o los productos que se han vendido hasta el momento. Posteriormente, según se finalicen servicios nuevos, se agregan nuevos conceptos a la factura anterior.

El importe de las facturas anteriores se irá descontando de las nuevas para así saber cuales son los importes que ya se han pagado.

El propósito de estas facturas es que el documento conlleve todo lo que se ha facturado en un mismo proyecto y de esta manera, al finalizar, quede constancia de todo, llevando un control de todos los materiales y servicios.

En el sector de la construcción y la arquitectura son muy comunes las facturas a origen, así como también las empresas o sectores que llevan a cabo trabajos complementarios o auxiliares del mismo. Por ejemplo: fontanería, arquitectos, electricidad, interiorismo, carpinteros, herreros, ebanistas, metalurgia, etc.

¿Cómo realizar una factura a origen?

Es necesario seguir el procedimiento especifico que se rige por la normativa de facturación: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2012-14696

Los pasos necesarios son:

  • Crear una factura que contenga todos los trabajos que se han realizado hasta el momento.
  • Cuando se añadan nuevos servicios o productos se deberá crear una nueva factura en la que estén los conceptos de la factura anterior en negativo, puesto que ya han sido facturados, y reflejar lo nuevo.
  • Este procedimiento deberá seguirse durante todo el proyecto, creando nuevas facturas según se facturen conceptos nuevos.
  • Hay que tener en cuenta que la factura de origen no se puede modificar, debemos realizar facturas con un número nuevo en el que aparezca en negativo los conceptos anteriores.

Este tipo de facturas permiten llevar un control detallado de los trabajos que se han realizado, así como de los materiales que se han utilizado durante todo el proyecto. A continuación, vamos a detallar más ventajas que tiene facturar a origen:

  • Mejora de liquidez. Las empresas pueden recibir el pago antes de facilitar sus productos o servicios cuando se trata de anticipos en el proyecto.
  • Menos riesgos. Como hemos visto en el punto anterior, los clientes pagan según lo avanzado en el proyecto, de esta manera se limita el riesgo de incumplir con los pagos.
  • Más eficacia. Se reducen los procesos administrativos, ya que, en vez de emitir varias facturas independientes, se emite una sola factura en cada avance, de esta manera se ahorran recursos y tiempo.
  • Mayor control financiero ya que ayuda con el seguimiento de los cobros pendientes.
  • Se conocen los costes desde el primer momento, tanto para el cliente como para la empresa.

El uso de las herramientas de contabilidad adecuadas y el cumplimiento de la normativa de la facturación vigente son esenciales para su gestión.

En nuestro software de facturación Facturación .Net, tenemos implementado un sistema que permite las certificaciones de obra o también llamadas facturación a origen.

Nuevas Bonificaciones

NUEVAS BONIFICACIONES A PARTIR DE SEPTIEMBRE DE 2023

Los objetivos del Real Decreto-ley 1/2023, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral, que entró en vigor el día 1 de septiembre, son promocionar la contratación de las personas desempleadas, en especial las más vulnerables, contribuir a la mejora y mantenimiento de la calidad del empleo y a la promoción profesional de las personas ocupadas, así como también fomentar la creación del empleo en el ámbito de la economía social

Personas destinatarias de contratos bonificados

Como hemos comentado, desde el 1 de septiembre de 2023, el Real Decreto-ley 1/2023 promociona la contratación laboral a las personas más vulnerables:

  • Personas con discapacidad.
  • Personas de atención prioritaria.
  • Personas en riego de exclusión social.
  • Mujeres victimas de violencia de género.
  • Mujeres víctimas de trata de seres humanos, de explotación o violencia sexual o aboral y mujeres en contextos de prostitución.
  • Víctimas del terrorismo.

Empresas que pueden optar a los beneficios en la contratación

  • Los trabajadores por cuenta propia o autónomos.
  • Las entidades publicas o privadas sin ánimo de lucro.
  • Las sociedades laborales o cooperativas por la incorporación de personas socias trabajadoras o de trabajo.

Requisitos

Para ser beneficiario se requerirá:

  • No haber sido inhabilitado para obtener subvenciones y ayudas públicas y para gozar de beneficios e incentivos fiscales o de la Seguridad Social, artículo 33.7.f) de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
  • Respecto de los beneficios en las cotizaciones de la Seguridad Social, no haber sido excluido del acceso a las ayudas, subvenciones, bonificaciones y beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo o formación profesional para el empleo
  • Disponer de un plan de igualdad vigente y registrado cuando esté obligado a ello.
  • No haber realizado un despido de forma improcedente de un contrato bonificado en los 12 meses previos al alta.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Seguridad Social y Hacienda.
  • Se exige el mantenimiento del trabajador al menos durante al menos 3 años desde el inicio del contrato, transformación o incorporación bonificados.

Nuevas bonificaciones para 2023

A continuación, vamos a detallar cada uno de los colectivos con contratación incentivada, la cuantía de la bonificación y su duración:

  • Contratación indefinida
  • 275€/mes por la contratación indefinida de jóvenes menores de 30 años con baja cualificación (que no tengan el título de Bachillerato o Ciclo Formativo de Grado Medio), beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. Duración: 3 años.
  • 128€/mes por la contratación indefinida de personas con capacidad intelectual limite. Duración: 4 años.
  • 138€/mes por la contratación indefinida de personas trabajadoras readmitidas tras haber cesado en la empresa por incapacidad permanente total o absoluta. Duración: 2 años.
  • 138€/mes por la contratación indefinida de personas mayores de 55 años con incapacidad permanente reincorporadas a su empresa en otra categoría, al igual que las personas mayores de esa edad que puedan recuperar su capacidad y puedan ser contratadas por otra empresa. Duración: 2 años.
  • 128€/mes por la contratación indefinida de mujeres victimas de violencia de género, de violencias sexuales y de trata de seres humanos. Duración: 4 años.
  • 110€/mes por la contratación indefinida de personas desempleadas de larga duración. Duración: 3 años.
  • 128€/mes por la contratación indefinida de mujeres y personas de 45 o más años desempleadas de larga duración. Duración de la bonificación: 3 años.
  • 128€/mes por la contratación indefinida de personas victimas del terrorismo. Duración: 4 años.
  • Contratación temporal
  • 366€/mes personas desempleadas con discapacidad para la sustitución de trabajadores con discapacidad que tengan suspendido su contrato por incapacidad temporal. Duración: durante el periodo de sustitución.
  • 366€/mes personas menores de 30 años desempleadas para sustituir a una persona de baja (baja por riesgo durante el embarazo, riesgo en lactancia, baja por nacimiento o cuidado del menor, baja por cuidado del menor lactante). Duración: durante el periodo de sustitución.
  • 366€/mes para la sustitución de autónomos de baja (baja por riesgo durante el embarazo, riesgo en lactancia, baja por nacimiento o cuidado del menor, baja por cuidado del menor lactante). Duración: durante el periodo de sustitución.
  • Contratación de formación en alternancia
  • 91€/mes durante su vigencia e incluidas sus prórrogas por realizar contrato de formación en alternancia.
  • 28€/mes durante su vigencia en las cuotas de la persona trabajadora.
  • 1,5€ por alumno / hora de tutoría por los costes que derivan de la tutorización de las personas trabajadoras. Máximo 40 horas / mes y alumno. Para las empresas de menos de 5 trabajadores será 2€ alumno / hora de tutoría.

La cuantía máxima que se podrá aplicar la empresa será la correspondiente a un número de horas equivalente al 35% de la jornada durante el primer año y al 15% de la misma durante el segundo año.

  • Medidas de conciliación
  • 366€/mes para la cotización de las personas trabajadoras, socios trabajadores o socios de trabajo de las sociedades cooperativas sustituidas durante el cuidado del menos, nacimiento, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia. Duración: durante el periodo que se superpongan el contrato de sustitución y la prestación.
  • 138€/mes personas trabajadoras que estén en situación de riesgo en la lactancia o en el embarazo, o adaptación del puesto de trabajo por una enfermedad profesional.

Duración: durante el cambio de puesto.

  • Transformación en indefinidos de contratos formativos y de relevo
  • 128€/mes por la transformación en indefinidos de contratos formativos a la finalización de su duración inicial o prorrogada. Si se trata de mujeres, la bonificación será de 147€/mes. Duración: 3 años.
  • 55€/mes por la transformación en indefinidos de contratos de relevo. En el caso de mujeres, la bonificación será de 73€/mes. Duración: 3 años.
  • 138€/mes por la incorporación como persona socia en la cooperativa o sociedad laboral de personas que realizan formación practica en empresas. Duración: 3 años.
  • Sectores específicos o especiales
  • 73€/mes personas desempleadas que pasen a ser socias trabajadoras o de trabajo a cooperativas y sociedades laborales. Duración: 3 años.
  • 147€/mes si la incorporación se realiza con menores de 30 años o personas menores de 35 años con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%.

Duración: 147€ mes durante el primer año y 73€/mes durante los 2 años siguientes.

  • 115€/mes por la contratación de personal investigador predoctoral. Duración: durante la vigencia del contrato.
  • 55€/mes por la transformación en contratos fijos-discontinuos de contratos temporales suscritos con trabajadores por cuenta ajena agrarios. Si se trata de mujeres, la bonificación será de 73€/mes. Duración: 3 años.
  • 262€/mes durante los meses de febrero, marzo y noviembre de cada año por la prolongación del periodo de actividad de las personas trabajadoras con contratos fijos-discontinuos en los sectores de turismo, comercio y hostelería.

Información: https://www.sepe.es/HomeSepe/que-es-el-sepe/comunicacion-institucional/noticias/detalle-noticia.html?folder=/2023/Septiembre/&detail=Entran-en-vigor-los-nuevos-incentivos-a-la-contratacion-laboral

Guía de contratos: https://www.sepe.es/HomeSepe/que-es-el-sepe/comunicacion-institucional/publicaciones/publicaciones-oficiales/listado-pub-empleo/guia-contratos.html

Guía de Bonificaciones / Reducciones a la contratación laboral: https://www.sepe.es/HomeSepe/que-es-el-sepe/comu

Normativa SEPA

SEPA ¿qué es?

SEPA (Single Euro Payments Area) es un área en el que consumidores y empresas pueden realizar pagos y cobros en euros en Europa, dentro y fuera de las fronteras nacionales, en las mismas condiciones y con los mismos derechos y obligaciones, independientemente del lugar en el que se encuentren.

Forman la SEPA los 27 estados miembros de la Unión Europea, además de Islandia, Liechtenstein, Noruega, Andorra, Mónaco, San Marino, Suiza, Reino Unido y Ciudad del Vaticano Estado.

Listado de países: https://www.sepaesp.es/sepa/es/secciones/enlaces/Listado_de_paise/

Su principal objetivo es instaurar instrumentos de pago con modelos comunes, eliminando de esta manera las diferencias entre pagos nacionales y transfronterizos.

Los instrumentos de pago SEPA son:

  • Envío de una orden de pago desde la entidad pagadora a la entidad bancaria del beneficiario siempre que cumpla varios requisitos:
  • Transferencia tipo SHARE, los gastos serán compartidos entre los dos intervinientes de la transacción.
  • El emisor debe pagar a su entidad una comisión (el ordenante asume los gatos) y el beneficiario abonará a su entidad la tarifa que tenga acordada para esta clase de operaciones.
  • El beneficiario recibirá la totalidad del importe de la transferencia, aunque más tarde su entidad le cargue el coste del servicio por la recepción.
  • No hay limite en el importe, pero deben ser en euros y el destino puede ser cualquier país de la zona SEPA.
  • Plazo máximo para la liquidación es de 3 días hábiles.
  • El cliente tiene que aportar los datos completos de la cuenta de origen y el destino (el BIC y el IBAN)
  • Adeudos directos. Del mismo modo que las anteriores, son transferencias que se acuerdan entre las dos partes, aunque las inicia la parte beneficiaria a través de su entidad siempre que el pagador exprese previamente su consentimiento. Los adeudos suelen estar asociados a las facturas o los recibos y deben cumplir unos requisitos para poder ser considerados como operaciones SEPA:
  • Tienen que ser en euros y su destino su destino debe estar situado en cualquier país miembro de la zona SEPA.
  • Podrán ser pagos puntuales o periódicos.
  • El plazo máximo de liquidación será de 5 días hábiles para el primer pago y de 2 días hábiles para los siguientes pagos periódicos.
  • Deberán facilitar también el BIC y el IBAN.
  • Pagos con tarjeta. Los titulares de las tarjetas podrán pagar en euros con una única tarjeta en toda la zona SEPA. Puede haber una única limitación y es que un determinado comercio no admita el pago de una marca de tarjeta en concreto.

Ventajas de la SEPA

La implementación de la SEPA supone una serie de ventajas para los usuarios (tanto particulares como empresas) de servicios de pago:

  • Más velocidad y seguridad en las transferencias y en los pagos.
  • Las transferencias bancarias internacionales son más sencillas, ya que sólo necesitamos el nombre y número de IBAN del destinatario.
  • Se puede utilizar solamente una cuenta bancaria para las operaciones de los pagos en euros dentro de la zona de la SEPA.
  • Las transferencias internacionales entre países de la zona Euro no tienen comisiones y son gratuitas.
  • Desaparecen las barreras para la ejecución de los pagos internacionales.

El Reglamento UE 260/2012 estableció como fecha límite el 1 de febrero de 2014 para llevar a cabo la migración a los instrumentos de pago SEPA. A partir de ese momento las transferencias o adeudos fueron reemplazados por los nuevos esquemas SEPA.

Documento SEPA

El documento SEPA, llamado también mandato SEPA, es un acuerdo entre el deudor y el acreedor. Una vez que se firme dicho documento el acreedor deberá conservarlo obligatoriamente mientras esté en vigor. Sirve, entre otras cosas, para poder automatizar el cobro de las facturas por medio de remesas bancarias.

Todos los programas de la línea Golden .Net, incluyen todas las adaptaciones en el módulo de Tesorería.

¿Cómo reclamar una factura?

Es frecuente que, en un negocio, un autónomo o incluso un particular, tenga facturas impagadas por parte de clientes morosos. ¿Cómo podemos reclamar? ¿Qué pasos tenemos que dar? Y ¿Cuándo prescribe la deuda?

Por ley, el plazo legal para pagar una factura es de 30 días (60 días si hay un acuerdo por ambas partes).

Entendemos que una factura está impagada cuando no se ha atendido en la fecha de pago o vencimiento. El problema llega cuando el retraso se convierte en un impago y este, posteriormente, en una deuda.

Para evitar los impagos en las facturas, podemos ser cautos e indicar de manera precisa en las facturas que emitamos el modo de pago y su periodo. El número de cuenta al que se debe ingresar el dinero y el vencimiento de la factura. Al no indicarlo, luego será más complicado reclamar el pago.

Sin embargo, si hemos hecho todo en tiempo y correctamente y pese a eso no nos pagan en el plazo que esté estipulado, procedemos a reclamar el pago:

  • Contactar con el cliente, personal o telefónicamente.
  • Envía una carta. Si no es posible contactar con él, podemos enviar una carta certificada con acuse de recibo. La carta debe componerse de:
  • Encabezamiento: nombre o razón social del deudor, DNI o NIF del deudor, fecha de reclamación (día en el que se redacte la carta), domicilio del deudor.
  • Texto: fecha en la que se ha prestado el servicio y la descripción de este, fecha y número de la factura que no se a abonado, importe, número de cuenta en el que se debe abonar el pago, teléfono para que el deudor pueda contactar contigo.
  • Despedida y firma.
  • Reclamar por vía judicial el pago de la factura. Para el cobro de las facturas impagadas el proceso que se seguirá es el procedimiento monitorio, que es un tipo de procedimiento judicial diseñado concretamente para la reclamación de dudas de una cuantía ilimitada. Se regula en los artículos 812-818 de la Ley 1/2000. De Enjuiciamiento Civil.

Si no se superan los 2.000€ no hay tasas judiciales y no será necesario un abogado ni procurador.

  • Es el juez quien tomará la decisión. Se pueden presentar varios escenarios:
  • El deudor paga.
  • El deudor no responde. En este caso la justicia entendería que está de acuerdo con las condiciones de la deuda y deberá pagar o se le podrían embargar los bienes.

Las facturas impagadas prescriben a los 5 años si son operaciones comerciales entre autónomos o empresas y 3 años si el cliente fuera un particular. Sin embargo, que una factura impagada prescriba a los 5 años no quiere decir que después de ese tiempo el deudor no tenga la obligación de pagar, lo que significa es que el emisor de la factura ya no tiene derecho a poder reclamar porque ha vencido el plazo.

Con nuestro software de contabilidad y/o el programa de gestión comercial, incluimos el módulo de tesorería que gestiona los cobros y pagos de manera eficiente. Conocerás puntualmente la morosidad de las facturas.

Estimación Objetiva

El sistema de Estimación Objetiva se le conoce por el nombre de Módulos. La tributación por módulos es una de las tres formulas a las que se pueden acoger los autónomos a la hora de tributar por el IRPF (junto con la estimación directa normal y la estimación directa simplificada). La tributación por modelos es el régimen más sencillo. Este sistema simplifica la gestión contable y fiscal del autónomo. No se determina el beneficio real, sino una estimación del mismo. De esta forma, al comienzo del ejercicio, el empresario sabe con exactitud el resultado que va a declarar y el importe que tiene que pagar a Hacienda.

Requisitos para poder tributar en estimación objetiva:

  • La actividad que realizas esté incluida en la Orden que desarrolla este régimen
  • No haber renunciado a su aplicación.
  • El volumen de rendimientos íntegros en el año inmediato no puede superar los siguientes importes:
  • 000 euros para el conjunto de todas tus actividades. En este caso, se computan todas las operaciones, exista o no la obligación de expedir factura.
  • 000 euros teniendo en cuenta las operaciones por las que estés obligado a expedir factura.
  • También el límite es de 250.000 euros para el conjunto de actividades agrícolas, ganaderas y forestales.
  • No realizar actividades total o parcialmente fuera del territorio español, excepto las actividades de transporte de mercancías, viajeros o mudanzas.
  • No haber renunciado ni estar excluido del régimen simplificado del IVA ni del IGIC.
  • No haber renunciado al Régimen Especial de Agricultura, Ganadería y Pesca (REAGP) del IVA ni del IGIC.
  • No haya incompatibilidades con los otros métodos de determinación del rendimiento.
  • El volumen de compras en bienes y servicios en el año inmediato anterior, sin incluir las adquisiciones de inmovilizado, no debe superar los 250.000 euros anuales (IVA no incluido).

Como hemos visto, para poder tributar por este sistema, la actividad que desarrollas tiene que estar incluida en la Orden del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Para ello deberás buscar tu actividad en cualquiera de las dos tablas que aparecen en el siguiente link: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/Orden_de_Modulos_para_2023.html

Cómo calcular los pagos trimestrales

Los autónomos asignados al sistema de Módulos también tienen que afrontar los pagos fraccionados del IRPF por trimestres, cumplimentando el modelo 131.

Para el primer trimestre del año será entre los días 1 y 20 de abril, para el segundo trimestre en el mes de julio, y octubre para el tercer trimestre.

Las declaraciones del cuarto trimestre se presentarán entre los días 1 y 30 de enero del año natural siguiente.

Asimismo, también hay que realizar la Declaración de la Renta anual, por medio de la presentación del modelo D-100.

Calcular los módulos en la estimación objetiva:

El rendimiento neto se determina basándose en unos parámetros objetivos que son predefinidos por Hacienda para cada actividad, teniendo en cuenta las características propias de cada negocio (número de trabajadores, tamaño del local…).

Modelo de cálculo de Hacienda: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/empresarios-individuales-profesionales/contribuyentes-modulos/modulos-irpf/calculo-rendimiento-neto.html?faqId=f38d728965cc9710VgnVCM100000dc381e0aRCRD

Sobre los módulos se emplea un coeficiente de minoración y unos índices correctores como el volumen de población que tiene el municipio.

  • Rendimiento neto previo: se multiplica el volumen total de los ingresos por el índice de rendimiento neto que corresponda según cada caso. Después se le aplican las minoraciones que correspondan y se consigue el rendimiento neto minorado.
  • Rendimiento neto de la actividad: después de realizar los cálculos anteriores, y dependiendo de la actividad que se desempeñe, se aplicarían o no unos índices correctores. Al resultado se le restaría un 5% para conseguir el rendimiento neto de la actividad.
  • Rendimiento neto reducido total: restando a esa cifra varias reducciones y minoraciones conseguiremos el rendimiento neto reducido total.

Obligaciones contables en estimación objetiva:

Los autónomos acogidos a la tributación por módulos deben llevar dos libros de registro:

  • Libro registro de bienes de inversión, en caso de que se deduzcan amortizaciones.
  • Libro registro de ventas e ingresos: cuando se desarrollen actividades en las que el rendimiento neto se determine en base al volumen de operaciones.

Diferencia entre la estimación objetiva y directa:

  • Estimación directa: es el sistema que se aplica con carácter general. Se calcula el IRPF en base a la relación entre los ingresos y los gastos deducibles.
  • Estimación objetiva: se aplica de manera voluntaria y en los casos en los que los autónomos cumplan los requisitos que hemos visto anteriormente. Se calcula la cuota de IRPF teniendo en cuenta unos parámetros que no están directamente relacionados con los gatos e ingresos.

La Orden HFP/1172/2022 establece que se mantendrá un año más el actual sistema de módulos, así como sus límites de acceso e introdujo novedades tributarias: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/todas-noticias/diciembre/Principales_novedades_tributarias_introducidas_por_la_Orden_de_Modulos_para_2023.html

Legislación: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2022-20025

Regímenes para determinar el rendimiento de la actividad: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/irpf/empresarios-individuales-profesionales/regimenes-determinar-rendimiento-actividad/estimacion-objetiva.html

Con nuestro programa de contabiliad y fiscalidad para Autónomos, que estén acogidos a este régimen podrán calcular todas los modelos tributarios que les exige la ley.

 

Fake News

FAKE NEWS

¿Qué es?

Las fake news se definen como aquella información que ha sido publicada con la intención de engañar y poder confundir al lector, ya que contienen información manipulada y no veraz. El principal objetivo de las noticias falsas es la desinformación acerca de distintos temas, pero en especial el político. Los medios que crean esas noticias simulan la forma que tienen los medios fiables para publicar, haciendo caso omiso de la verificación o directamente falsificando de manera intencionada el contenido. Lo que pretenden es pasar una falsedad, o incluso una opinión, por un hecho objetivo. Todos los campos informativos (el cambio climático, asuntos políticos, avances científicos, movimientos sociales…) están llenos de bulos, datos que no se constatan e imágenes que no corresponden.

Siempre han existido las noticias engañosas, pero en la actualidad se han impulsado debido a las redes sociales. Los usuarios, a través del intercambio de mensajes en la red, ya no sólo son consumidores, sino que también son creadores de los muchos discursos que se difunden y que en muchas ocasiones son falsos.

Asimismo, estas plataformas usan un algoritmo que reparte el contenido más relevante para cada uno de los usuarios, consiguiendo de esta manera que la información que se le muestra a cada uno esté filtrada y condicionada.

De igual modo, el flujo informativo en las redes sociales está continuamente actualizándose y ya no solamente por relevancia del usuario, si no por el número de interacciones que tenga el posteo, validando de esta forma una noticia únicamente por el nivel de difusión que tiene.

Bots sociales para la difusión de noticias falsas

A parte de las noticias falsas y a la comodidad que añaden las redes sociales para poder viralizarlas, se junta el incremento de contenido que se genera automáticamente por bots sociales.

Un bot social es un tipo de chatbot que se suele utilizar en las redes sociales. Generan mensajes de manera automática para defender ideas y/o apoyar campañas. Estos bots tratan de confundir al usuario imitando el comportamiento humano.

Los bots pueden ser reconocidos por sus interacciones entre ellos y con los usuarios reales. Suelen presentar estas características:

  • Sus acciones son coordinadas. Actúan juntos, comparten contenido parecido al mismo tiempo o asiduamente.
  • Publican contenido igual y suelen utilizar muchos más emoticonos o signos de puntuación que los usuarios reales.
  • Sus niveles de actividad son mucho más altos, comparten mucho más contenido y frecuentemente.

Actualmente los bots son más parecidos a los seres humanos de lo que eran antes y actúan de una manera mucho más similar a lo que haría una cuenta dirigida por una persona real. Son ágiles y eficientes, y pueden transmitir de una forma muy rápida y efectiva las fake news.

 

 

Tipos de información falsa

La organización First Draft, que se formó como una coalición sin fines de lucro en junio de 2015 para crear conciencia y abordar los desafíos relativos a la confianza y la verdad en la era digital, ha diferenciado varios tipos de información errónea y desinformación:

  • Sátira o parodia: su intención no es causar daño, pero sí tiene el potencial de engañar.
  • Contenido engañoso: es el uso engañoso de la información para incriminar a alguien o algo.
  • Contenido impostor: suplantar fuentes auténticas.
  • Contenido fabricado: el 100% de su contenido es totalmente falso. Está creado para dañar y engañar.
  • Conexión falsa: el título, las imágenes o leyendas no tienen nada que ver con el contenido.
  • Contexto falso: el contenido genuino se propaga fuera del contexto original.
  • Contenido manipulado: las imágenes o la información genuina se manipula para engañar.

¿Esta noticia es falsa? ¿Cómo identificar noticias falsas?

A continuación, os mostramos una serie de consejos sobre cómo reconocer las fake news:

  • Comprobar que el titular se ajuste al contenido y si resulta creíble. No leas solo el título, ya que un título llamativo puede querer captar tu atención. Un claro ejemplo de esto son los clickbait, que usan imágenes y titulares vistosos, buscando de esta manera generar la curiosidad en el lector para que haga clic en el enlace, visite la página y así conseguir visitas a la web para aumentar los ingresos publicitarios.
  • ¿Conoces el medio?
  • Reconocer si falta algún detalle que podría ser importante, ya que, en muchas ocasiones suprimen cierta información para manipular las emociones utilizando los ideales de la persona que ve el contenido. Una buena información debe de exponer todos los puntos de vista para que la gente decida cómo valorarlo.
  • Observa la fecha de la noticia. Puede que la noticia sea antigua y haya reaparecido para que crear confusión. También hay que tener en cuenta que hay bulos que son atemporales, pero otros tienen una intencionalidad delimitada.
  • Preguntarnos ¿Quién es el autor? ¿Es real? ¿Es fiable?
  • Comprueba las fuentes y los links. Observar que en los contenidos haya referencias fiables.
  • ¿Aparecen fotos o citas de dudosa procedencia?
  • No te dejes engañar por tu ideología o creencias, ya que pueden alterar tu opinión. Hay que diferenciar entre lo que sucede y lo que a uno le gustaría que sucediese.
  • Comprobar que otros medios se hacen eco de la misma noticia. Investiga si la noticia aparece en otros medios y si no la encuentras o el planteamiento es totalmente distinto, puede que sea una noticia falsa.
  • Pensar quién puede estar detrás de la creación de la información, observar a quién favorece o perjudica, ya que, en muchas ocasiones, son tareas pagadas por empresas o colectivos para desacreditar/difamar a un personaje público, un producto o un contexto político.
  • Los medios de comunicación en las noticias son imparciales, por ello si una noticia tiene opinión, debes sospechar.
  • No hay que dejarse llevar por las emociones y pensar varias veces antes de difundir esa información. Evitar hacer daño. Antes de empezar a desacreditar, hay que garantizar que no se estén compartiendo rumores falsos. No hay que convertirse en una de esas personas que dan crédito a los tweets que son falsos o a retwitteralos también.

La lucha contra la desinformación

‘’La desinformación constituye una de las mayores preocupaciones de los países democráticos. Detrás de las noticias falsas o fake news se articulan, en numerosas ocasiones, estrategias para manipular la opinión pública y erosionar la estabilidad de los Estados y de sus instituciones.

Los bulos y la desinformación representan desde hace tiempo una amenaza global para la libertad y para la democracia. Sin embargo, es en la actualidad, dada la velocidad de propagación de las campañas debido a los medios digitales, cuando más acuciante resulta.

En la lucha contra la desinformación resulta clave la coordinación con tres actores clave: las empresas tecnológicas, la sociedad civil y los factcheckers y las instituciones académicas. Por otro lado, la comunicación estratégica constituye una de las herramientas clave en la lucha contra la desinformación y exige un enfoque amplio de la misma. Las campañas de desinformación no suelen limitarse a la difusión de noticias falsas, sino que suelen pretender la construcción de un relato malintencionado. De ahí la estrecha relación entre la lucha contra la desinformación y la comunicación estratégica, la diplomacia pública y la comunicación digital.’’

https://www.exteriores.gob.es/es/PoliticaExterior/Paginas/LaLuchaContraLaDesinformacion.aspx

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