MODELO 184; todo lo que necesitas saber

MODELO 184; todo lo que necesitas saber

MODELO 184

DECLARACIÓN INFORMATIVA. ENTIDADES EN RÉGIMEN DE ATRIBUCIÓN DE RENTAS. DECLARACIÓN ANUAL.

El modelo 184 es una declaración anual de ingresos, gastos y beneficios que deben presentar las entidades en régimen de atribución de rentas.Este modelo es de carácter informativo, pero su presentación es obligatoria. Sirve para proporcionar información anual a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

¿Qué es una entidad en atribución de rentas? Son comunidades sin personalidad jurídica propia, pero que desarrollan una actividad económica o perciben ingresos.

Estas entidades, tanto si se han creado en España como si no, siempre y cuando realicen alguna actividad económica o tengan ingresos superiores a los 3.000 euros al año, deben presentar el modelo 184.

Principales entidades en régimen de atribución de rentas:

  • Sociedades civiles (tengan o no personalidad jurídica).
  • Herencias yacentes.
  • Comunidades de bienes.
  • Comunidades de propietarios (previstas en la ley de la propiedad horizontal)

Sobre propiedad horizontal: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1960-10906

  • Resto de entidades que no sean unidad económica o patrimonio separado y no tengan personalidad jurídica propia.
  • Entidades extranjeras que realicen su actividad económica en España y tengan la misma naturaleza que las entidades enumeradas.

Plazo de presentación: del 1 de enero al 31 de enero de 2023.

En aquellos supuestos en que por razones de carácter técnico no fuera posible efectuar la presentación a través de Internet en el plazo reglamentario de declaración, dicha presentación podrá efectuarse durante los cuatro días naturales siguientes al de finalización de dicho plazo.

MODELO 184. PASO A PASO.

  1. Identificación: nombre, apellidos, domicilio fiscal, y NIF.
  2. Ejercicio y modalidad de presentación
  3. Tipo de entidad: definir cuál es el tipo de entidad en atribución de rentas que corresponde y si está o no en el extranjero. Hay varias opciones:
  • Sociedad civil
  • Comunidad de bienes
  • Herencia yacente
  • Comunidad de propietarios
  • Otras
  1. Declaración complementaria: rellenar en el caso de que sea una declaración complementaria o sustitutiva.
  2. Resumen de los datos incluidos en la declaración: el número de miembros de la comunidad de propietarios.
  3. Representante: toda entidad debe tener una persona que ejerza como representante y será la que, en principio, presente el documento.
  4. Fecha y firma: fecha en la que se presenta el modelo y la firma.
  5. Rentas obtenidas por la entidad: distinguir entre el tipo de renta obtenido en función de su procedencia:
  • Rendimientos de capital mobiliario
  • Rendimientos de capital inmobiliario
  • Rendimientos de actividades económicas
  • Rentas contabilizadas derivadas de la participación en Instituciones de Inversión Colectiva
  • Ganancias y pérdidas patrimoniales
  • Deducciones IRPF
  • Retenciones e ingresos a cuenta
  • Exceso de rentas en países sin convenio en España
  1. Relación de miembros de la comunidad: indicar los datos identificativos de cada uno de los miembros y el porcentaje de participación.
  2. Rendimientos, deducciones y retenciones atribuibles: en este último apartado se registran las actividades económicas, las ganancias y pérdidas patrimoniales, las deducciones del IRPF, las retenciones e ingresos a cuenta y el total de rendimientos, deducciones o retenciones atribuibles.

 

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