¿En qué afecta a tu software de contabilidad o programa de gestión la aplicación de la ley 11/2021?

¿En qué afecta a tu software de contabilidad o programa de gestión la aplicación de la ley 11/2021?

Ley Antifraude

La Ley 11/2021  de fecha 9 de julio de 2021 de Medidas de Prevención y Lucha contra el fraude fiscal, especifica la legislación y normativa contra las prácticas de elusión fiscal, que inciden directamente en el funcionamiento del mercado interior, de modificación de diversas normas tributarias y en materia de regulación del juego

Principales medidas de la Ley Antifraude:

  • Limitación a los pagos en efectivo: Se establece una disminución del límite general de pago en efectivo de 2.500 a 1.000 euros.
  • Criptomonedas: Suministro de información a la Administración tributaria referidas a la tenencia y operativa.
  • Listado de morosos: Rebaja de un millón a 600.000 euros el umbral de deuda para aparecer en la lista y se prohíben las amnistías fiscales.
  • Y otras medidas que afecta al  Catastro, SICAV o SOCIMI

 

¿En que afecta a tu software de contabilidad o programa de gestión?

Respecto a la regulación del software de gestión, cabe destacar la prohibición de softwares de doble uso, aplicaciones que  permiten modificar y alterar la información de contabilidad y facturación, con fines claramente fraudulentos, ocultando información fiscal y tributando por menor cuantía a la que corresponde.

La ley especifica en el artículo 29.2 apartado  j:

«La obligación, por parte de los productores, comercializadores y usuarios, de que los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos contables, de facturación o de gestión de quienes desarrollen actividades económicas, garanticen la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros, sin interpolaciones, omisiones o alteraciones de las que no quede la debida anotación en los sistemas mismos. Reglamentariamente se podrán establecer especificaciones técnicas que deban reunir dichos sistemas y programas, así como la obligación de que los mismos estén debidamente certificados y utilicen formatos estándar para su legibilidad.»

 

¿A quién afecta?

A cualquier empresa, pyme, autónomo,  fabricante y distribuidor de software de gestión, que utilice, o desarrolle software como herramienta de trabajo.

 

Régimen sancionador

Las multas por la tenencia de software no adaptado a la ley varían las cuantías dependiendo de si es empresa o fabricante. Para una empresa o autónomo se establece una multa pecuniaria fija de 50.000 euros por cada ejercicio Y los desarrolladores o distribuidores se les aplicarán multas de 150.00 euros.

En Golden Soft hemos abordado  y trabajado en esta nueva obligación y hemos incluido en nuestros programas de contabilidad de empresas, contabilidad de autónomos y software de gestión comercial,  los sistemas que garantizan la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros en nuestras aplicaciones y por lo tanto ofrecemos a nuestros usuarios un software que cumple con los requisitos establecidos.

A falta de un desarrollo reglamentario,  donde se incluyan especificaciones técnicas y de los términos de la certificación para la homologación por parte de la Agencia Tributaria, quedamos a la expectativa y seguimos trabajando!

Si tu fabricante no te garantiza el cumplimiento de la ley te ofrecemos la oportunidad de actualizar a nuestras aplicaciones.

Related Articles

Image

Golden Soft®️ Web Oficial.

Copyright 2023 ©. Todos los derechos reservados.