Impuesto del plástico 

Para cumplir con las medidas fiscales que la Ley 7/2022 del 8 de abril de residuos y suelos contaminados para una economía circular, se han creado nuevos campos para su aplicación en el programa.

Para indicar que en esta empresa se va a utilizar el impuesto del plástico de alguna manera, deberá indicarse en Parámetros de empresa - Gestión - Impuestos especiales, los siguientes campos:

Tipos de empresa. A elegir entre:

  • Comerciante: Empresa que ni es fabricante ni adquiriente intracomunitario, pero si compra a un fabricante los envases plásticos, por lo que en sus facturas de compra se verá reflejado el impuesto especial y en sus facturas de venta si quiere mostrar también el desglose del impuesto para informar a sus clientes.
  • Fabricante: Empresa fabricante de envases plásticos de un solo uso o cualquiera de los productos en los que se grava el impuesto.
  •  Adquiriente intracomunitario: Empresa que no es fabricante pero adquiere en la Unión Europea cualquier envase o producto sujeto al impuesto especial.
  •  Importador de productos: Empresa que no es fabricante ni adquiriente intracomunitario pero compra los envases plásticos o cualquier producto sujeto al impuesto fuera dela UE.

Tipo impositivo: La ley marca el tributo de 0,45 € por kilo de material no reciclado contenido en este tipo de envases. 

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En los artículos

En cada artículo, dentro de la pestaña Impuestos especiales, habrá que indicar en cada uno de ellos:

  • La clave de producto. A elegir entre:

a) Los envases no reutilizables que contengan plástico dispuesto en el apartado a) del artículo 68.1 de la Ley

b) Producto plástico semielaborado dispuesto en el apartado b) del artículo 68.1 de la Ley

c) Producto plástico dispuesto en el apartado c) del artículo 68.1 de la Ley 

  • Kilos de plástico contenido en una unidad de venta del artículo
  • Kilos de plástico no reciclado contenido en una unidad de venta del artículo 

En los documentos

En la ficha de la línea se ha creado una nueva carpeta llamada Impuestos especiales donde figurará, por cada línea, el contenido por unidad de los Kilos de plástico y plástico no reciclado. Se hará, también, el cálculo total por línea de ambos factores.

Esta carpeta no saldrá si en el artículo no está indicado la clave de producto. Tampoco se aplicará si el destinatario de los productos está fuera de España.

En el pie, en una carpeta nueva con el mismo nombre, se reflejará el total del documento de los Kilos de plástico y de los Kilos del plástico no reciclado contenidos en el documento. Además, se podrá cambiar el tipo de empresa a efectos del impuesto plástico.

Este tipo afecta al modo como se va a incorporar este impuesto al coste de los artículos por lo que, si ya existen líneas en el documento, es aconsejable regenerar stock tras el cambio del tipo de empresa.

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Cómo afecta al coste de los artículos

Al comprar los envases a un fabricante nacional, el impuesto plástico se entenderá que está incluido en el Precio de compra y como tal se trasladará al precio medio y precio última entrada.

Al comprar los envases a un fabricante de la UE el impuesto plástico no se refleja en el Precio del proveedor pero si habrá que tributar por él ante la AEAT. Entonces, el coste se sumará al precio de compra unitario del documento para reflejarlo en el precio de última entrada y en el precio medio.

Al comprar los envases a un fabricante de fuera de la UE el impuesto plástico se liquidará en la Aduana. En el programa el impuesto se sumará al precio de la línea, aplicando el descuento, para hallar el precio medio y el precio de última entrada.

Si el tipo de empresa indicado en el documento es Fabricante, en las compras de materia prima no se calculará el impuesto plástico puesto que este impuesto grava el producto fabricado, no la materia prima. En las ventas si que se aplicará el impuesto plástico y reducirá, por tanto, el beneficio de la venta.

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