
Es la declaración informática anual de ingresos, gastos. Es un formulario obligatorio, pero sólo de carácter informativo, que describe las operaciones realizadas durante el año, por lo que no hay gastos ni pagos.
En esta declaración se deberá identificar a cada miembro de la comunidad y especificar las cantidades que se atribuyen a cada uno de ellos según el coeficiente de reparto que le corresponda para dichas rentas.
En el modelo 184 se declararán los ingresos provenientes del capital mobiliario e inmobiliario, de actividades económicas, y de ganancias y pérdidas patrimoniales.
Las entidades en régimen de atribución de rentas y las constituidas en el extranjero con presencia en territorio español.
No están obligadas a presentar el modelo:
Aquellas entidades en régimen de atribución de rentas que no ejerzan actividades económicas y cuyas rentas no excedan de 3.000 euros anuales.
Tampoco las constituidas en el extranjero que obtengan rentas en territorio español sin desarrollar en el mismo una actividad económica.
La presentación debe realizarla el representante de la sociedad en régimen de atribución de rentas.
Las entidades en régimen de atribución de rentas son sociedades o comunidades que no tienen personalidad jurídica propia y que obtienen ingresos o desarrollan una actividad económica.
Las empresas tipo comunidades de bienes, sociedades civiles, las herencias yacentes, y las entidades sin personalidad jurídica que constituyan una unidad económica
El plazo de presentación es anual, siendo el periodo desde el 1 al 31 de enero, de las rentas obtenidas por la entidad en el año inmediato anterior.
El sistema de presentación es vía telemática con certificado electrónico.