
El sistema de Estimación Objetiva se le conoce por el nombre de Módulos. La tributación por módulos es una de las tres formulas a las que se pueden acoger los autónomos a la hora de tributar por el IRPF (junto con la estimación directa normal y la estimación directa simplificada). La tributación por modelos es el régimen más sencillo. Este sistema simplifica la gestión contable y fiscal del autónomo. No se determina el beneficio real, sino una estimación del mismo. De esta forma, al comienzo del ejercicio, el empresario sabe con exactitud el resultado que va a declarar y el importe que tiene que pagar a Hacienda.
Como hemos visto, para poder tributar por este sistema, la actividad que desarrollas tiene que estar incluida en la Orden del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Para ello deberás buscar tu actividad en cualquiera de las dos tablas que aparecen en el siguiente link: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/Orden_de_Modulos_para_2023.html
Los autónomos asignados al sistema de Módulos también tienen que afrontar los pagos fraccionados del IRPF por trimestres, cumplimentando el modelo 131.
Para el primer trimestre del año será entre los días 1 y 20 de abril, para el segundo trimestre en el mes de julio, y octubre para el tercer trimestre.
Las declaraciones del cuarto trimestre se presentarán entre los días 1 y 30 de enero del año natural siguiente.
Asimismo, también hay que realizar la Declaración de la Renta anual, por medio de la presentación del modelo D-100.
El rendimiento neto se determina basándose en unos parámetros objetivos que son predefinidos por Hacienda para cada actividad, teniendo en cuenta las características propias de cada negocio (número de trabajadores, tamaño del local…).
Modelo de cálculo de Hacienda: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/empresarios-individuales-profesionales/contribuyentes-modulos/modulos-irpf/calculo-rendimiento-neto.html?faqId=f38d728965cc9710VgnVCM100000dc381e0aRCRD
Sobre los módulos se emplea un coeficiente de minoración y unos índices correctores como el volumen de población que tiene el municipio.
Los autónomos acogidos a la tributación por módulos deben llevar dos libros de registro:
La Orden HFP/1172/2022 establece que se mantendrá un año más el actual sistema de módulos, así como sus límites de acceso e introdujo novedades tributarias: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/todas-noticias/diciembre/Principales_novedades_tributarias_introducidas_por_la_Orden_de_Modulos_para_2023.html
Legislación: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2022-20025
Regímenes para determinar el rendimiento de la actividad: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/irpf/empresarios-individuales-profesionales/regimenes-determinar-rendimiento-actividad/estimacion-objetiva.html
Con nuestro programa de contabiliad y fiscalidad para Autónomos, que estén acogidos a este régimen podrán calcular todas los modelos tributarios que les exige la ley.