
El modelo 240 representa el Libro de Registro de Operaciones Económicas de las personas jurídicas. Se presenta de forma diaria, mensual o trimestral dependiendo del volumen de operaciones realizadas. Permite reportar a la Hacienda Foral de Bizkaia las operaciones realizadas bajo el régimen del Ticket BAI y Batuz, facilitando así el cumplimiento de las obligaciones tributarias y la supervisión por parte de las autoridades fiscales locales.
Los plazos son:
Se presenta de manera obligatoria por la sede electrónica de la Hacienda Foral de Bizkaia y es similar al SII (Suministro Inmediato de Información del IVA). Cuando Hacienda reciba toda la información, elaborará los borradores de la declaración del IVA e Impuesto de Sociedades.
Para que el modelo 240 sea válido, tiene que estar cumplimentado de manera correcta y que haya cumplido con la obligatoriedad de TicketBAI y Batuz. Este modelo debe incluir:
Las sanciones por la no presentación del modelo 240 conllevará una sanción del 0,5 del importe de la factura con un mínimo trimestral de 600 euros.
Asimismo, por la manipulación del software o la eliminación de archivos informáticos, la sanción podría llega a ser del 20% sobre el volumen de las operaciones, con un mínimo de 40.000 euros. Si hubiera reincidencia, la sanción podría subir al 30% del volumen total de las operaciones, con un mínimo de 80.000 euros.
Batuz es obligatorio desde el 1 de enero de 2024 para las empresas más grandes. El resto se incorporará de manera porgresiva a lo largo del 2024, 2025 y 2026.
La Norma Foral 8/2023, de 22 de noviembre, por la que se aprueban medidas para ordenar la implantación definitiva del sistema Batuz, establece el siguiente calendario:
